El nuevo 'cheque guardería'

febrero 20, 2019
El nuevo ‘cheque guardería’: conoce los requisitos para aplicarte la deducción por maternidad ampliada

Habrá que esperar a la renta para aplicarse los 1.000 euros adicionales

Los niños menores de tres años tendrán que estar inscritos en guarderías

La declaración de la Renta de 2018 que se presentará en la primavera de 2019 incluye una importante novedad fiscal para las madres trabajadoras con hijos menores de tres años escolarizados.

A la tradicional deducción por maternidad se une esta otra ampliada: un cheque guardería en el IRPF que permite deducir hasta 1.000 euros adicionales en su declaración de renta por gastos de escolarización de niños de hasta tres años de edad. Los niños tienen que estar inscritos en guarderías o centros de educación infantil.

Ese cambio normativo se incluyó en los Presupuestos de 2018 y está en vigor desde el 1 de enero del pasado año. En diciembre ha tenido su desarrollo reglamentario. En este documento se especificaron los requisitos que había que cumplirse para tener derecho a la misma.

En primer lugar, se determina la forma de cálculo de ese incremento, estableciéndose los meses a computar y el cálculo de los límites para su aplicación. Los meses a computar son aquellos en los que los gastos abonados se efectúen por mes completo. Incluso se podrán incluir los meses que se hayan pagado aunque éstos no tengan el carácter de lectivos.

Se permite la aplicación de este incremento en el ejercicio en el que el hijo cumpla 3 años, respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de los 3 años hasta el mes anterior en que pueda empezar el segundo ciclo de educación infantil. Por ejemplo, si el niño cumple tres años en mayo, se podrá aplicar hasta agosto puesto que en septiembre empezaría la nueva etapa educativa.
El incremento de la deducción tendrá como límite anual para cada hijo el menor de estos importes:

1. Las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades de carácter alternativo devengadas en cada período impositivo con posterioridad al nacimiento, adopción… A efectos de este cálculo del límite, se computarán las cotizaciones y cuotas por sus importes íntegros sin tomar en consideración las bonificaciones que pudieran corresponder.

2. El importe anual total del gasto efectivo no subvencionado satisfecho en dicho período a la guardería o centros educativo en relación con ese hijo, sea o no por meses completos. Matizándose que a efectos de determinar este importe se  considerará tanto el importe pagado por la madre o el contribuyente con derecho al referido incremento, como el satisfecho por el otro progenitor, adoptante, tutor, guardador con fines de adopción o acogedor.

Este nuevo cheque guardería no se podrá cobrar anticipadamente, sino que habrá que esperar a presentar la Renta.

MAS CONTROL A LAS GUARDERÍAS

Los asesores fiscales consideran que la nueva obligación de las guarderías, el modelo 233, ayudará a Hacienda a controlar el uso de esa nueva deducción ampliada de maternidad. Así podrán cruzar datos y ver si realmente quien se beneficie de ella está pagando el servicio de guarderías.

El plazo de presentación será durante el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior. Para el ejercicio 2018, las guarderías podrán presentarlo entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

Fuente : INVERTIA : EVA RUIZ-HIDALGO 14/01/2019

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